domingo, 18 de enero de 2009

ESPAÑA. EL USO OBLIGATORIO DE UNIFORME NO ES DISCRIMINATORIO

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimó ayer la demanda de conflicto colectivo presentada Comisiones Obreras contra la empresa José Manuel Pascual en relación al uso obligatorio entre enfermeras y auxiliares de la falda, el delantal y la cofia. En la sentencia de la Sala de lo Social se dice que el uni forme obligatorio no supone discriminación por razón de sexo ni un problema en materia de salud laboral. También pone de manifiesto que esta ropa de trabajo la lleva usando dicho colectivo desde hace al menos 15 años, sin que hasta el conflicto planteado por trabajadoras de la clínica San Rafael de Cádiz se haya presentado denuncia alguna en los siete hospitales con los que cuenta la empresa en Andalucía. El alto tribunal andaluz considera que la ropa de trabajo de enfermeras y auxiliares no presenta diferencias, respecto al uniforme con pantalones, ni en materia de higiene y seguridad, ni desde el punto de vista ergonómico. El sindicato CCOO ha anunciado que ya están preparando el recurso de casación ante la Sala IV del Tribunal Supremo "porque esta batalla no la hemos dado aún por terminada ni perdida
NOTA:
http://www.adn.es/local/cadiz/20081212/NWS-0227-TSJA-Rafael-San-discriminacion-hay.html